Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1518/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.3.
II.3. Evert Flores, Responsable de Catastro de la Alcaldía Municipal de Sipe Sipe, con relación al terreno objeto de la presente acción de amparo constitucional, elaboró el avalúo, correspondiente a su valor catastral actualizado al 8 de septiembre de 2008, mismo que ascendería a un total de Bs35 300,44.- (treinta y cinco mil trescientos 44/100 bolivianos), y al tipo oficial de cambio de $us7.- (siete dólares estadounidenses) sería un total de $us5042,92.- (cinco mil cuarenta y dos 92/100 dólares estadounidenses) (fs. 52).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Del derecho a la propiedad privada
- III.1.2. De la seguridad jurídica
- Como principio general informador de la potestad de impartir justicia,
- III.2. La expropiación, entendimiento y procedimiento
- Fragmento 19
- III.3.
- Respecto al trámite en el Juzgado de garantías
- APROBAR