Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1547/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.4.
II.4. Toribio Max Alarcón Machuca, en lo principal del memorial de 12 de junio de 2009, suscitó excepción de prescripción de la acción penal y en el otrosí del mismo escrito, planteó extinción de la acción por duración máxima del proceso, solicitando la procedencia de ambas cuestiones, habiendo la autoridad de casación corrido en vista fiscal tal pretensión (fs. 166 a 169).
- Efraín Arancibia Mamani
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Garantías supuestamente vulneradas
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Las autorestricciones aplicables en la jurisdicción constitucional y la acción de amparo constitucional -la interpretación de la legalidad ordinaria, atribución privativa y exclusiva de la jurisdicción ordinaria-
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR