SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1570/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1570/2012

Fecha: 24-Sep-2012

a)

Maria Lourdes Bustamante de Andia Jefa Departamental de Trabajo, mediante informe escrito cursante a fs. 81 a 84 vta, manifestó lo siguiente: a) Evidentemente a través de la RA JDT/R/006/07, el entonces Jefe Departamental de Trabajo Alberto Ovando Álvarez dispuso la reincorporación del accionante a su fuente laboral en el mismo cargo que desempeñaba, más el pago de sus salarios devengados y sus demás derechos sociales; se constato también que frente a la mencionada Resolución la CACSA Ltda., formuló recurso de revocatoria la cual fue desestimada mediante Resolución Administrativa JDT/R/ 012/07, confirmando en todas sus partes la anterior Resolución, posteriormente se interpuso recurso jerárquico el cual mediante Resolución Ministerial 421 de 21 de agosto 2007, de la misma forma confirmó la Resolución Administrativa anterior; y, b) Mediante memorial presentado por el accionante el fecha 17 de mayo de 2010, se solicitó se aplique el artículo único del DS 0495 de 1 de mayo de 2010, a efectos de conminar su reincorporación a la Cooperativa; a dicha solicitud la Jefatura Departamental del Trabajo tomando en cuenta los informes del Responsable de Inspección y Responsable Legal los cuales emiten Resolución Administrativa 70/2010 de 12 de julio, el cual en su parte resolutiva dispone: “en este caso en particular no procede emitir la CONMINATORIA prevista en el DS 495 de 01 de mayo de 2010. Por cuanto su contenido no expresa literalmente el carácter retroactivo de dicha normativa…” (sic), resolución con la que fue notificado el accionante.