Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1570/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la acción, disponiendo que la Jefa de Departamental de Trabajo de cumplimiento al DS 0495 de 1 de mayo de 2010, por consiguiente conmine a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “San Antonio” Ltda. se disponga la reincorporación a su fuente laboral de acuerdo a los términos contenidos en la RA JDT/R/0006/07.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho al trabajo
- se debe abstraer el principio de subsidiariedad en aquellos casos en que una trabajadora o un trabajador demande la reincorporación a su fuente trabajo ante un despido sin causa legal justificada; con el único requisito previo de recurrir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo denunciando este hecho, a objeto de que estas entidades una vez establecido el retiro injustificado conmine al empleador a la reincorporación inmediata en los términos previstos por el DS 0495, y ante su incumplimiento se hace viable la tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional.
- III.3. La retroactividad en materia laboral
- III.4. Alcance del Decreto Supremo 0495
- III.5.Derecho a un salario justo
- III.6.Derecho a la seguridad social
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR