SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1576/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1576/2012

Fecha: 24-Sep-2012

i)

Con el derecho a la réplica, mencionó que: i) La Constitución Política del Estado en su art. 129, fija un plazo de seis meses para presentar esta acción tutelar y el presente, fue planteado después de tres años; y, ii) Existieron tres procesos pendientes donde la accionante pudo apersonarse a objeto de hacer prevalecer el derecho de su representada, un penal, uno de saneamiento de tierras y otro civil, donde se estuvo cuestionando el derecho propietario que se reclama.