Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1608/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.1.
II.1. Certificado Médico, emitido por Iván Laredo Daza, Director a.i., del Policlínico “Sucre” dependiente de la Caja Nacional de Salud (CNS) en el que se establece que la paciente Carmen Rosa Reyes Valdez, fue atendida en el consultorio de medicina familiar de ese nosocomio en las fechas 24 y 19 de junio de 2010, en el que según los análisis médicos se establece que la esposa del accionante se encuentra en estado de gravidez. (fs. 1)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- DENIEGA,
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Respecto al derecho a la vida
- el derecho al trabajo se entiende como
- '
- I.
- a todas las personas
- III.4. La protección constitucional del derecho a la vida del ser en gestación, de padres progenitores en su calidad de servidores públicos
- Las mujeres no podrán ser discriminadas
- “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que: 1.
- III.5. Análisis del caso concreto