SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1608/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala que la autoridad demandada, vulneró sus derechos al trabajo, a la inamovilidad funcionaria y a la estabilidad laboral de la que goza en su condición de padre progenitor de un ser en gestación al haber sido despedido de sus funciones de Director de Comunicaciones del Gobierno Municipal de Sucre, ya que sorpresivamente se prescinde de sus servicios sin que medie causal alguna y por hecho de ser funcionario de libre nombramiento a pesar de haber puesto en conocimiento de la autoridad demandada para su reincorporación; este persistió en su determinación pronunciando la RA 142/2010 de 25 de julio, que confirma el memorando 626/010 del 25 del mismo mes y año, por la cual se prescindió de sus servicios; por su parte, el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, rechazo la solicitud de reincorporación declinando competencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- DENIEGA,
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Respecto al derecho a la vida
- el derecho al trabajo se entiende como
- '
- I.
- a todas las personas
- III.4. La protección constitucional del derecho a la vida del ser en gestación, de padres progenitores en su calidad de servidores públicos
- Las mujeres no podrán ser discriminadas
- “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que: 1.
- III.5. Análisis del caso concreto