Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2013
Fecha: 03-Ene-2013
2º
2º Disponer que por Secretaría General de este Tribunal, se remita una copia a las presidencias de los Tribunales Departamentales de Justicia, a efectos de que por su intermedio, se haga conocer a los tribunales y jueces en materia penal sobre el alcance de la apelación incidental establecida en el art. 403 inc.5) del Código de Procedimiento Penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.3.
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. La inadmisibilidad de la objeción de la querella es susceptible de apelación incidental bajo una interpretación extensiva del art. 403 inc.5), del CPP
- -se ha generado un agravio para una de las partes-
- III.2.La garantía del debido proceso, su alcance y protección
- III.3. La Fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- resolución que efectivamente es recurrible
- III.4.2. Sobre la fundamentación y motivación del Auto de Vista 27 de 3 de septiembre de 2012
- 2º