SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2013

Fecha: 03-Ene-2013

II.2.

II.2.  El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Pando, ante la excusa formulada por su autoridad para conocer el proceso penal de referencia, remitió el expediente a la Jueza Primera de Instrucción de Familia codemandada (fs. 38), quien a su vez dictó el Auto de 23 de octubre de 2012, excusándose también de oficio de conocer la causa penal radicada en su Despacho, en base al art. 316 inc. 11) del CPP, aduciendo existir amistad íntima con la procesada (fs. 25). Por oficio 15/2012 de 24 de octubre, la nombrada autoridad judicial remitió el proceso a su similar Segundo, Iván Michel Torres, codemandado, cuya Secretaria recibió el expediente el 25 de igual mes y año, a horas 18:00 (fs. 26).