SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2013
Fecha: 11-Ene-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, denuncian la vulneración del derecho a la “seguridad jurídica”(sic) y el derecho a recibir educación en todos los niveles, toda vez que las autoridades administrativas demandadas, al emitir las resoluciones que derivaron en retiro definitivo de la ANAPOL, basaron sus fundamentos en preceptos legales que señala el Reglamento de Evaluación y Calificaciones y el Reglamento Estudiantil de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, sin considerar que la única forma por la que podían haber sido dados de baja es ante la concurrencia de las causales previstas por el art. 24 del Reglamento del Sistema Educativo Policial. Consiguientemente, corresponde a éste Tribunal Constitucional Plurinacional analizar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y sí en el caso concreto se vulneraron los derechos de los accionantes.
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- a)
- 1)
- deniega
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la educación
- la educación superior de formación profesional
- III.4. Normativa del Sistema Educativo Policial
- Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre”
- “Articulo 1º.Objetivo.
- III.5. Análisis de caso concreto
- siempre que hubiese obtenido una calificación superior a treinta y tres con dos ceros (33.00) puntos, el estudiante puede someterse a una evaluación de segunda instancia
- CONFIRMAR