SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2013

Fecha: 11-Ene-2013

III.5. Análisis de caso concreto

De la documentación que cursa en el expediente, se evidencia que el Consejo Académico de la ANAPOL mediante RA 10/12 de 24 de enero de 2012, resolvió disponer el retiro definitivo -baja- de Ricardo Martín Balboa Illanes y Carlos Eduardo Marañón Duran, por no haber obtenido la nota mínima para  habilitarse al examen de segunda instancia, resolución que fue objeto del recurso de revocatoria y jerárquico, sin embargo fueron confirmadas las resoluciones impugnadas.

Los ahora accionantes sostienen que las autoridades administrativas demandas fundaron sus resoluciones en el Reglamento de Evaluaciones y Calificaciones de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, y no así en el Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial, que sería el único Estatuto por el que se rige la ANAPOL, limitándoseles de esta forma rendir el examen de segunda instancia.

Al respecto, si bien el Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial, en su art. 24 establece las causas de retiro; sin embargo, el mismo precepto legal en su numeral 1 último párrafo instituye lo siguiente: “La modalidad de las pruebas (exámenes) de segunda instancia está establecido en los Reglamentos Internos de cada Unidad Académica”.

En ese sentido, corresponde señalar que el Reglamento Estudiantil así como el Reglamento de Evaluaciones y Calificaciones ambos de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, fueron creados con el objeto de normar y regular las modalidades de admisión, permanencia, régimen académico, graduación y establecer las bases del sistema de evaluación y calificación del estudiante durante el periodo lectivo, así como instituir el régimen disciplinario, de las Unidades Académicas de formación profesional en Pregrado y Postgrado que forman parte de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, reglamentos que fueron aprobados por el Consejo Académico Universitario de la UNIPOL mediante RA 05/2008 de 19 de marzo, y homologado por el Comando General de la Policía Nacional por RA 0268/08 de 4 de abril de 2008.

Ahora bien, la ANAPOL es una Unidad Académica de formación en Pregrado, que forma parte de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, Universidad que se rige por el Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial así como el Reglamento Estudiantil y el Reglamento de Evaluaciones y Calificaciones ambos de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, por lo mismo la ANAPOL se rige y se desenvuelve bajo estas normas legales.