Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2013
Fecha: 17-Ene-2013
I.2. Admisión y citaciones
Mediante AC 0714/2012-CA de 22 de agosto (fs. 43 a 48), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, revocó la Resolución de 3 de agosto de 2012 pronunciada por la Jueza de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de Potosí y admitió la acción de inconstitucionalidad concreta, ordenando sea puesta en conocimiento del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Álvaro Marcelo García Linera, a objeto de que pueda formular los alegatos que considere necesarios, diligencia que se cumplió el 26 de octubre de 2012 (fs. 72).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- a)
- I.1.2.2. Resolución de la autoridad consultante
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- 6)
- Fragmento 8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Alcances del control de constitucionalidad
- III.3. Respecto a las vías de impugnación en materia tributaria
- se colige que desde el 2 de agosto de 2005 ha vuelto a entrar en vigencia el procedimiento establecido por el Código tributario (Ley 1340)
- III.4. Respecto a los requisitos de procedencia de la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.5. Análisis del caso concreto