SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2013
Fecha: 17-Ene-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En la presente acción de inconstitucionalidad concreta, se cuestiona la constitucionalidad del art. 10.II de la Ley 212, por supuestamente vulnerar los arts. 115.II, 117.I y 120 de la CPE, por cuanto el referido precepto incorpora un nuevo requisito a los ya previstos para la presentación a la demanda contencioso tributaria, por el cual para poder acceder a la vía contencioso tributaria primero se debe cancelar la totalidad del tributo omitido, adjuntando para ese fin a la demanda el comprobante del pago del mismo, imposibilitando así a los contribuyentes el poder acceder a un juicio en el que puedan hacer valer sus derechos e igualdad de condiciones, limitando el acceso a la justicia y a una defensa de sus intereses. En tal sentido, corresponderá determinar si los extremos denunciados son evidentes a los efectos de ejercer el control normativo de constitucionalidad que le encomienda al Tribunal Constitucional Plurinacional el art. 202.1 de la CPE.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- a)
- I.1.2.2. Resolución de la autoridad consultante
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- 6)
- Fragmento 8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Alcances del control de constitucionalidad
- III.3. Respecto a las vías de impugnación en materia tributaria
- se colige que desde el 2 de agosto de 2005 ha vuelto a entrar en vigencia el procedimiento establecido por el Código tributario (Ley 1340)
- III.4. Respecto a los requisitos de procedencia de la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.5. Análisis del caso concreto