SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2013

Fecha: 17-Ene-2013

i)

Gina Luisa Castellón Ugarte y Ever Richard Veizaga Ayala, presentaron informe cursante de fs. 105 a 106, mediante el cual manifestaron: i) El Auto de Vista que pronunciaron, fue tomando en cuenta el art. 394 del CPP, que señala: "Las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente determinados por este Código", así el art. 403 del mismo cuerpo legal establece las distintas resoluciones contra las que procede el recurso de apelación incidental, haciendo alusión a la SC 0212/2006-R de 7 de marzo; y, ii) Con relación a la conversión hicieron referencia a la SC 0486/2011-R de 25 de abril, considerando que su Resolución se encuentra acorde a la normativa penal vigente y la jurisprudencia constitucional aplicable.