SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2013

Fecha: 17-Ene-2013

II.3.

II.3.  El 7 de junio de 2011, en el Centro de Conciliación Tercero, la accionante conjuntamente su esposo y Rosa Marina Ledezma Villarroel, en su calidad de propietaria, entre otros puntos, acordaron lo siguiente: Ampliar el plazo de entrega del inmueble hasta el 21 de diciembre de 2011 improrrogablemente, plazo en el que la ahora accionante se comprometió a entregar el inmueble dentro de ese tiempo sin necesidad de requerimiento alguno (fs. 3).