SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2013

Fecha: 17-Ene-2013

4.

4. Con la determinación adoptada por la institución aduanera, también se vulneró el derecho a la igualdad, entendida como la no discriminación entre pares, vale decir, que las personas que se hallan sujetas a una misma norma, deben someterse a la misma ley, extremo así definido en el Fundamento Jurídico III.2.6, en virtud a que el ahora representado, tenía el mismo derecho de beneficiarse con la Ley 133, en las mismas condiciones que las demás personas que lograron su objetivo de sanear sus vehículos, dentro del plazo establecido por la referida norma legal.

De lo expresado precedentemente, se llega a concluir que el trámite de saneamiento de los vehículos pertenecientes al accionante, no se llegó a concluir por los motivos claramente expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, siendo la institución aduanera quien debía tomar los recaudos pertinentes y subsanar dichos extremos enunciados, en el tiempo oportuno, a fin de evitar la vulneración de derechos fundamentales.