SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2013

Fecha: 17-Ene-2013

III.2.4. Del principio pro homine

Con referencia a este principio y tomando en cuenta que la Constitución Política del Estado en su art. 410.II, ha establecido que el bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario que hayan sido ratificados por nuestro país, en directa relación con los arts. 13.IV y 256.I y II de la misma Norma Suprema, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su art. 5, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, en su art. 29, reconocen el principio pro homine como criterio de interpretación de las normas sobre Derechos Humanos.