Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2013
Fecha: 22-Ene-2013
“Artículo 6
El Tribunal establecido por el Acuerdo aludido en el Artículo 1 del presente para el enjuiciamiento y condena de los principales criminales de guerra del Eje Europeo estará facultado para juzgar y condenar a aquellas personas que, actuando en defensa de los intereses de los países del Eje Europeo, cometieron los delitos que constan a continuación, ya fuera individualmente o como miembros de organizaciones:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- III.3. De la prescripción de la acción penal
- Fragmento 10
- 1)
- Fragmento 12
- III.5. Extinción de la acción penal por prescripción
- III.6. Extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- a)
- impetró la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.7. El narcotráfico, la Constitución Política del Estado, instrumentos internacionales y la imprescriptibilidad
- Ley 1008
- 2.- Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad.
- Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad
- a) Los crímenes de guerra
- b) Los crímenes de lesa humanidad
- Artículo II
- Artículo III
- “Artículo 6
- b)
- c) CRIMENES CONTRA LA HUMANIDAD
- conceder
- Fragmento 29