SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2013-L

Fecha: 07-Oct-2013

II.3.

II.3.      Por memorial de 31 de marzo de 2009, el hoy accionante, contestó la demanda de 26 de febrero de mismo año, reconviniendo y oponiendo excepción de falta de competencia del Juez Onceavo de Instrucción en lo Civil y Comercial; alegando que la acción reivindicatoria, acción negatoria y mejor derecho de propiedad, corresponde ser tratada por el Juez de Partido en lo Civil y Comercial, conforme el art. 134.1 de Ley de Organización Judicial Abrogada (LOJabrg), debiendo de remitir los obrados ante el Juez de Partido de Turno en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz (fs. 28 a 32 vta.)