Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1663/2013
Fecha: 04-Oct-2013
II.
II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales:
- acciones de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- revocó
- I.2.1. Contenido de la acción
- I.2.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- Artículo 123.
- II.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la procedencia del incidente de inconstitucionalidad
- III.2. La presunción de inocencia impide que la configuración de la detención preventiva devenga en una pena anticipada
- III.3. Control de constitucionalidad
- a)
- b)
- c)
- 1)
- INCONSTITUCIONALIDAD