SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1689/2013
Fecha: 10-Oct-2013
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante señala que dentro del proceso instaurado por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de robo, refirió que el Juez demandado en audiencia cautelar dispuso su detención preventiva, pues antes de resolver las medidas cautelares previamente debió resolver el incidente de actividad procesal defectuosa por defectos absolutos. Asimismo, refiere la existencia de una serie de irregularidades relacionadas en la actuación de la Fiscal, como ser: Que su declaración ante el Ministerio Público fue tomada en ausencia de la Fiscal y que en dicho acto no se leyeron sus derechos y garantías fundamentales, inclusive refirió la inexistencia de una requisa en el cuaderno de investigación, que acredite que el objeto robado se encontraba en manos del imputado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Control de legalidad de la aprehensión y actividad procesal defectuosa
- 2)
- no alcanzan a las solicitudes de control jurisdiccional por vulneración o restricción a la libertad personal en la audiencia cautelar por ello no requieren su apelación previa al planteamiento de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la legalidad de la aprehensión
- III.2.2. Con relación a los demás defectos procesales absolutos planteados por el abogado del imputado, en audiencia de medidas cautelares
- CONFIRMAR