SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1744/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1744/2013

Fecha: 21-Oct-2013

Fragmento 16

         Por último, se aclara que contra medidas cautelares, para el caso de que sean atentatorias a los derechos protegidos por vía de acción de libertad, no es necesario que se verifique la existencia de indefensión absoluta, más sí los otros requisitos, que necesariamente deben estar presentes, siendo viable en este caso la posibilidad de que el justiciable plantee una acción de libertad, conforme se ha establecido mediante la SCP 0037/2012 de 26 de marzo: …tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito para activar la acción de libertad, habida cuenta que, conforme lo establecieron las propias Sentencias Constitucionales citadas, el actor debe agotar los mecanismos de impugnación intraprocesales previo a la activación de la acción de libertad. Un razonamiento contrario implicaría exigirle al accionante una situación jurídica materialmente imposible, porque desde ya, el agotamiento de los medios de reclamación idóneos, obliga a su participación activa en el proceso. Situación diferente es aquella en la que, al imputado se lo colocó en un estado absoluto de indefensión, lo que le impidió activar los mecanismos intraprocesales referidos, circunstancia última en la que la acción de libertad se activará de manera directa´” (las negrillas fueron añadidas).