SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1862/2013
Fecha: 29-Oct-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 7 de junio del año en curso aproximadamente a horas 17:00, cuando se encontraba en la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, el policía Ariel Fernández Condori, intentó ejecutar un mandamiento de aprehensión en su contra, librado por el Fiscal Antonio Fiorilo Cruz, emergente de haber sido denunciado por Olga Varela de Bejarano, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, sindicación que la efectuó debido a que su persona desde hace más de dieciseis años, mantiene un juicio civil con la denunciante, que se encuentra en instancias de remate, lo que ha ocasionado que para evitar el pago de lo adeudado le iniciara el proceso; sin embargo, se apersonó voluntariamente ante el Ministerio Público, a efectos de que no exista aprehensión o detención que conlleve a una medida cautelar, circunstancia que motivó presente un memorial ante el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, que tiene a su cargo la investigación, quien dejó sin efecto cualquier clase de mandamiento en su contra y dispuso se mantenga en libertad, por cuanto el citado Fiscal, no se pronunció dentro de las cuarenta y ocho horas de su apersonamiento.
Refiere que, Olga Varela de Bejarano y su “contratado”, el funcionario policial, actuaron en forma arbitraria, abusiva y atropelladora, sin considerar ni respetar a los Vocales de la Sala Civil y Comercial donde se encontraba, mismos que intervinieron y mediaron en su favor, al pretender ejecutar el mandamiento de aprehensión, por venganza y ante el remate dispuesto en el juicio civil seguido por su progenitor como acreedor contra la citada deudora quien haciendo gala de tener amistad con el Fiscal asignado al caso, refirió que tenía en su poder tres ejemplares de dicho mandamiento, encontrándose en indefensión y peligro inminente de perder su libertad personal y de locomoción -reitera- por mandamientos de aprehensión con duplicados ilegales y obtenidos sin cumplir las formalidades legales constitucionales y procedimentales penales, sin haber sido citado personalmente con ningún actuado, habiendo sido falsamente denunciado por quien pretende burlar el pago de su deuda de más de dieciseis años evitando el remate de sus bienes procediendo perseguirlo indebidamente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 13
- III.2. Persecución ilegal o indebida
- III.3. Agotamiento de la vía intraprocesal ante el juez cautelar
- III.4.Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- III.4.1.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- 1º REVOCAR en parte