Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1868/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.7.
II.7. Mediante Auto de 19 de noviembre de 2012, se declaró la ejecutoria de la Resolución A.I. 42/12,en cuyo texto se señala que:“…Con Resolución A.I. Nº 42/2012 de fecha 28 de mayo de 2012, cursante a fs. 276-277, fueron notificadas las partes en fecha 17 de octubre, según consta en la diligencia de notificación de fs. 278 y 278 vta.,de igual forma fueron notificados con el Auto Complementario Nº 174 en fecha 8 de noviembre de 2012 según se evidencia en fs. 283-283 vta. (…)” (sic) (negrillas añadidas).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- hasta los seis meses de tener conocimiento del acto ilegal u omisión indebida
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3.Análisis del caso concreto
- de igual forma fueron notificados con el Auto Complementario Nº 174 en fecha 8 de noviembre de 2012 según se evidencia en fs. 283-283 vta.
- CONFIRMAR