Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1886/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.4.
II.4. En antecedentes del cuaderno procesal consta la diligencia de notificación de 17 de mayo de 2013, por el cual, Teresa Mendizábal Chávez, Procuradora de la Gerencia Nacional Jurídica de la Aduana Nacional de Bolivia, en la indicada fecha, notificó al Ministro de la Presidencia con la Resolución Administrativa “AN-SCRZI-RA 408/2013” (sic) (fs. 148).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- e)
- “procedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. La naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- subsidiariedad
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 16
- III.2.Análisis en el caso concreto
- REVOCAR