Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1886/2013
Fecha: 29-Oct-2013
III.1. La naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
Al no ser suficiente el sólo reconocimiento de los derechos fundamentales y garantías constitucionales en la Ley Fundamental del Estado, el constituyente boliviano incorporó los mecanismos para su defensa; así, la acción de amparo constitucional es una garantía jurisdiccional destinada a la protección de los derechos y garantías reconocidas en la Constitución Política del Estado, normas de orden internacional que configuran el bloque de constitucionalidad y las leyes, contra acciones y omisiones provenientes de personas particulares y servidores públicos, que restrinjan, supriman o amenacen de restricción supresión a los mismos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- e)
- “procedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. La naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- subsidiariedad
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 16
- III.2.Análisis en el caso concreto
- REVOCAR