Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1887/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1887/2013

    Fecha: 29-Oct-2013

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 81/2013 de 7 de mayo, cursante de fs. 22 a 23, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jorge Chura Alanoca contra Eduardo Limachi Romero, Juez Primero de Instrucción en lo Civil en suplencia legal del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal; y Janet Quisbert Huanca, Secretaria de éste último, ambos del departamento de La Paz.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • 1)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • el juez encargado del control jurisdiccional o el juez o tribunal del juicio, deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja, o en su caso, dadas las circunstancias que puedan presentarse, dentro de un plazo razonable.
    • tratándose de señalamiento de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado se encuentra privado de su libertad.
    • a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad.
    • III.4.  Análisis del caso concreto

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca