Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1890/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.2.
II.2. Por Resolución del Comité Ejecutivo del Consejo Facultativo 002/2011 de 14 de abril, se invitó a la actual accionante como docente en la Cátedra de Patología General e Histopatología Bucal (PAT-203). Por memorándum de 1 de agosto de 2012, la Rectora de la UMSA, comunicó a la ahora accionante que fue designada como docente interina, en la materia PAT 203, patología general e histopatología bucal (fs. 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- b)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.La improcedencia de la acción de amparo constitucional por cesación de los efectos del acto reclamado
- Asimismo, respecto a la figura de sustracción de la materia o del objeto procesal Ricardo Ayan Gordillo Borges, sostuvo que: 'Existe sustracción de la materia en casos en los que el petitorio ha devenido en insubsistente, cuando de hecho el supuesto que lo sustentaba ha desaparecido; por lo que la autoridad no puede pronunciarse sobre el fondo de la denuncia y debe declarar la sustracción'.
- debe verificarse que: i) Las pruebas aportadas por las partes, conforme sus pretensiones otorgan la certeza de que la pretensión procesal se ha extinguido; y, ii) Con el objeto de no afectar el procedimiento constitucional es preciso señalar que para determinar la sustracción del objeto procesal o materia por la cesación de los efectos del acto reclamado, el acto lesivo denunciado debe ser restituido antes de la citación con el Auto de admisión de la acción de amparo constitucional.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Presidente del Consejo Académico Universitario y Vicerrector de la UMSA
- con la finalidad que revise y reconsidere el tema.
- Vicerrector a.i
- 8 de julio de 2013
- queda habilitada al Concurso de Méritos y Examen de Competencia
- fueron asumidas antes por el Consejo Académico Universitario; determinaciones que -como se tiene señalado-