AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2013-CA
Fecha: 07-Nov-2013
II.4. Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes aparejados al expediente, se evidencia que dentro del proceso ejecutivo instaurado contra el accionante, éste planteó acción de inconstitucionalidad concreta (fs. 1 a 2), demandando se efectúe el control de constitucionalidad respecto del art. 535 del CPC, por la presunta infracción a los arts. 8.I y II, 115.II, 119.II y 178.I de la CPE.
Al respecto, se observó que no se expuso de manera clara los motivos o razonamientos de la supuesta inconstitucionalidad del artículo demandado y su vinculación con el derecho supuestamente lesionado, limitándose sólo a señalar que es totalmente contradictorio con el art. 90.I y II del Adjetivo Civil, en referencia a que las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio, salvo autorización expresa de la ley, y que las disposiciones contrarias serán nulas; tampoco, estableció el nexo causal entre los hechos y éste, ni su relevancia, respecto a la resolución a expedirse dentro del proceso ejecutivo, sin que se aprecie una adecuada puntualización en sentido de que al momento de asumir una decisión, la autoridad competente eventualmente lo tendría que aplicar.
- Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- a)
- c)
- d)
- 1.
- II.2.
- sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva esta acción
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión”
- II.4. Análisis del caso concreto
- resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso; pues al tratarse de un recurso que se plantea dentro de un proceso concreto,
- RATIFICAR