Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2013-CA
Fecha: 07-Nov-2013
Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
En consulta la Resolución 369 de 21 de octubre de 2013, cursante a fs. 5 y vta., pronunciada por el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Victor Otto León Romero, demandando la inconstitucionalidad del art. 535 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por ser presuntamente contrario a los arts. 8.I y II, 115.II, 119.II y 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- a)
- c)
- d)
- 1.
- II.2.
- sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva esta acción
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión”
- II.4. Análisis del caso concreto
- resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso; pues al tratarse de un recurso que se plantea dentro de un proceso concreto,
- RATIFICAR