Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2013-CA
Fecha: 07-Nov-2013
sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva esta acción
Previo a efectuar el análisis sobre el cumplimiento de los requisitos estipulados en el art. 79 del procedimiento constitucional, es conveniente recordar que el modelo de control normativo, tiene por objeto efectuar el examen sobre la constitucionalidad de las disposiciones legales aplicables a un caso concreto, sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva esta acción, con los valores, principios, derechos fundamentales y garantías consagrados en la Ley Fundamental.
- Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- a)
- c)
- d)
- 1.
- II.2.
- sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva esta acción
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión”
- II.4. Análisis del caso concreto
- resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso; pues al tratarse de un recurso que se plantea dentro de un proceso concreto,
- RATIFICAR