SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013-L

Fecha: 19-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En la gestión 2002, frente a las amenazas de despojo, robo de su producción, quema de sus plantas y otros, instauró proceso de interdicto de retener la posesión contra la Directiva del Sindicato Eñe Alto ante el Juzgado Agrario de Ivigarzama, el cual le favoreció y fue ratificada mediante Auto Nacional Agrario S1ª 10/2003 de 6 de marzo, que declaró probada la demanda, antecedente que motivó que la dirigencia y bases del referido Sindicato lo discriminen, puesto que uno de los dirigentes ha dispuesto el cambio de nombre de su cato de hoja de coca a uno de sus hijos; por lo que, no tiene derecho al uso de la palabra en las asambleas, solicitándole cancelar una suma de dinero fuera de su alcance, motivo por el cual proceden a cosechar hoja de coca y productos agrícolas que él siembra, hechos que ocurren cuando sale a comprar víveres de manera reiterada amenazándolo de muerte varias veces, e inclusive, su propiedad fue incendiada más de dos oportunidades, al margen de dichos abusos sindicales, ahora tiene un plazo de treinta días para desocupar su propiedad conforme se evidencia del memorando de notificación de 13 de noviembre de 2011, vencido dicho término el sindicato optaría por la fuerza pública para desalojarlo, advirtiéndole en un comunicado público de 17 de julio del mismo año, que su terreno caducó vía legal, después del cual, el Sindicato Agrario Eñe Alto no se responsabilizaría ni garantizaría su seguridad por cualquier problema que pudiera suceder.