SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013-L

Fecha: 19-Nov-2013

II.10.4.En cuanto a la organización administrativa

La organización sindical campesina más importante de la región es la Federación Única de Centrales Unidas que aglutina 75 sindicatos organizados en 13 centrales agrarias. Dicha federación forma parte de las seis federaciones del trópico cochabambino, no solo es una instancia de representación, sino también se le asignan roles de gestión del territorio, administración en la tenencia de tierras, resolución de conflictos, gestión de recursos de subvención, control y regulación de la intervención institucional y particular, en sus áreas de influencia. Estos roles construyeron históricamente en los procesos de colonización espontánea que nunca fueron regulados por los correspondientes mecanismos del estado. Su estructura orgánica está conformada por la Federación  Única de Centrales Unidas, Central Sindical Campesina Santa Rosa Eñe, Sindicato Agrario Campesino Eñe Alto.

                                    La estructura organizativa de la Central Santa Rosa Eñe, están conformada por los dirigentes de los sindicatos que se denomina directorio que está conformado por un ejecutivo, el secretario general, secretario de relaciones, de actas, de hacienda, de justicia, de desarrollo productivo, de comercialización, de educación, de vialidad, de control social y vocales.

                                    El Sindicato Eñe Alto, posee una estructura administrativa vertical y lineal que promociona el liderazgo individual deliberado en forma representativa y cuenta con la organización sindical que se denomina sindicato, el Secretario General, constituye la máxima autoridad que representa a los afiliados de la comunidad asentada en la región, el mismo que está conformado por un Secretario General, de Relaciones, de Actas y Estadística, de Hacienda, de Justicia, dentro de las administraciones de éste último están el de administrar justicia dentro su jurisdicción en el marco de la Ley de Deslinde Jurisdiccional, bajo sus normas y procedimientos propios; promover, garantizar la paz social y convivencia armónica dentro la comunidad; promover y garantizar el ejercicio de los derechos individuales y colectivos; y, promover el respeto de los derechos fundamentales de sus afiliados.