SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2013

Fecha: 04-Nov-2013

debió tomar en cuenta que con anterioridad, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal dejó sin efecto la orden de aprehensión dispuesta, ordenando que dicha autoridad Fiscal, eleve informe sobre lo manifestado en el memorial que la accionante presentó al órgano jurisdiccional; extremos que no fueron cumplidos por la Fiscal demandada,

Posteriormente, solicitó al Juez de la causa la expedición de mandamiento de aprehensión con habilitación de días y horas inhábiles, toda vez que, aunque tiene la facultad de intervenir en todas las diligencias de la etapa preliminar, preparatoria e intermedia, determinadas por ley, velando porque se cumpla la finalidad de estas etapas del proceso, acudió ante la autoridad jurisdiccional, en razón a que no se encuentra dentro de sus atribuciones la expedición de este tipo de mandamientos; sin embargo, previo a la solicitud del referido mandamiento, debió tomar en cuenta que con anterioridad, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal dejó sin efecto la orden de aprehensión dispuesta, ordenando que dicha autoridad Fiscal, eleve informe sobre lo manifestado en el memorial que la accionante presentó al órgano jurisdiccional; extremos que no fueron cumplidos por la Fiscal demandada, y ante la solicitud reiterada por la accionante para que se suspenda cualquier medida que afecte su derecho a la libertad, señaló: “Póngase el cuaderno a la vista, y se requerirá lo que en derecho corresponda” (sic).