SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2013

Fecha: 04-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Manifiesta que se encuentra procesada de manera ilegal y arbitraria, toda vez que la Fiscal codemandada ordenó a la Brigada de Protección a la Familia que ejecute un mandamiento de aprehensión en su contra, el cual fue dejado sin efecto por el Juez de control jurisdiccional; a pesar de ello, la funcionaria policial representó dicho mandamiento que resulta ilegal, habiendo incumplido la Fiscal los arts. 73 y 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Señala que el Juez cautelar, se apartó de las reglas establecidas en el art. 279 del citado CPP, disponiendo que sea conducida e imputada conforme al art. 226 del mismo compilado adjetivo penal, realizando actividades que no emanan de la ley al ordenar que se elabore un mandamiento de aprehensión, cuando de acuerdo al mencionado artículo, ésta es una labor vinculada al fiscal, tratándose además de un delito de allanamiento por el que fue denunciada.

Agrega que se encuentra ante una clara persecución penal indebida, pretendiéndole restringir su derecho a la libertad por la Fiscal que tiene bajo su dirección a una policía de la Brigada de Protección a la Familia, quien no fue designada por la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC). Sostiene que la resolución emitida por el Juez codemandado de disponer la ejecución de mandamiento de aprehensión, fue objeto del recurso de reposición que fue rechazado, con el argumento que dicho mandamiento había quedado sin efecto.

Añade que la Fiscal emitió órdenes irregulares, no informó sobre el mandamiento de aprehensión al Juez cautelar por lo que el 3 de abril de 2013, presentó memorial a dicha autoridad, haciéndole conocer sobre los abusos cometidos por la Fiscal de Materia, pidiendo se resuelva esta situación, ante lo cual la autoridad jurisdiccional ordenó que se eleve informe sobre los extremos denunciados, dejando sin efecto la orden de aprehensión.