Sentencia Constitucional Plurinacional 1946/2013 de 4 de noviembre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 1946/2013 de 4 de noviembre

Fecha: 04-Nov-2013

Se define como 'discriminación' a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada

Para entender el derecho en análisis, primero debemos partir señalando que se entiende por discriminación, para ello recurriremos a la definición dada por la Ley 045 “Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación” de 8 de octubre de 2010, que en su art. 5. Inc. a) la define de la siguiente manera: “Se define como 'discriminación' a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, ocupación u oficio, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o discapacidad física, intelectual y sensorial, estado de embarazo, procedencia, apariencia física, vestimenta, apellido u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la Constitución política del Estado y el Derecho Internacional. No se consideran discriminación a las medidas de acción afirmativa” (las negrillas son nuestras).