SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2013
Fecha: 04-Nov-2013
Fragmento 17
El accionante denuncia que dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y otros, a denuncia del Alcalde codemandado, se pretende notificarle con la acusación formal mediante edictos, durante las vacaciones judiciales, aduciendo que no tiene domicilio conocido, con la pretensión de que transcurra el plazo que tiene para asumir defensa y responder a la acusación, lo que daría lugar a que el denunciante sostenga que concurren los presupuestos procesales de peligro de fuga, por no tener domicilio conocido, para así tramitar su rebeldía y aprehensión, cuando es de conocimiento de las partes que su domicilio personal está ubicado en Villa Adela Plan 44 “A” 25 de la ciudad de El Alto, por lo que considera que está sometido a persecución indebida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 1.
- 2.
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR