Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.2.
II.2. Por memorial presentado ante el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal cautelar el 7 de abril de 2011, Marcelino Apaza Calle, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sapahaqui, solicitó notificación por edictos a los imputados con la imputación formal, entre los cuales, al accionante, arguyendo que no fueron habidos y que se desconocen sus domicilios (fs. 7 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 1.
- 2.
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR