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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2013

    Fecha: 04-Nov-2013

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El accionante estima lesionados sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa y al debido proceso; citando al efecto los arts. 23, 115.II, 116, 117 y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE); 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 7 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza de la acción de libertad
    • III.2.De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
    • 1.
    • 2.
    • debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,
    • Fragmento 17
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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