SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1983/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1983/2013

Fecha: 04-Nov-2013

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, conformada Grover Jhonn Cori Paz, Vocal de la Sala Civil Cuarta y Aida Luz Maldonado Bocangel, Presidenta de la Sala Civil Primera, en suplencia Legal, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 64/2013 de 5 de julio, cursante de fs. 682 a 684 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) El accionante refiere que los Vocales y el Juez            -codemandados- habrían vulnerado su derecho a la libertad por no haber valorado los elementos de prueba, así como un informe psicológico presentado y que no se habrían fundamentado las Resoluciones 131/13 y 83/2013; ii) Asimismo, señala que las pruebas ofrecidas por el accionante, como el referido informe psicológico del IDIF “cumple con la previsión del art. 124 del CPP, al estar debidamente fundamentadas” (sic), en la Resolución 131/13, iii) De la lectura de la Resolución 83/2013, respecto del voto fundamentado de los vocales, hacen referencia a aquellos elementos y pruebas, presentados por el accionante más aun existiendo informe escrito por el vocal codemandado, indicando que no se requiere un ampuloso pronunciamiento, ya que estos tienen una estructura de fondo y forma; y, iv) Cursa en el expediente un Informe pericial psicológico al que hace referencia el accionante, y que no habría sido valorado por las autoridades codemandadas, ese elemento será posteriormente judicializado en la etapa de juicio oral, puesto que existe una acusación contra el accionante por abuso deshonesto.