SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1983/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1983/2013

Fecha: 04-Nov-2013

la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo…”

En esa misma línea, la SCP 0450/2012 de 29 de junio, que a su vez cita a la SC 0863/2007 de 2 de diciembre, refiere:“…cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo…” (las negrillas son nuestras). En cuanto a esta segunda situación, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.