Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1997/2013
Fecha: 04-Nov-2013
1º CONFIRMAR en parte
1º CONFIRMAR en parte la Resolución 02/2013, de 18 de julio, cursante de fs. 64 vta., a 68 vta., pronunciada por el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Potosí; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, respecto a los Vocales de la Sala Penal Segunda, solo en cuanto a la falta de motivación y fundamentación en la emisión del Auto de Vista de 22 de mayo de 2013, debiendo emitirse una nueva Resolución de acuerdo al entendimiento de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y la jurisprudencia constitucional señalada, sin costas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“.
- Fragmento 15
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso en acciones de libertad
- III.3.
- III.4.Deber del Tribunal de alzada de circunscribir su resolución a los aspectos cuestionados mediante recurso de apelación
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en parte