SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1997/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1997/2013

Fecha: 04-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que, el 5 de noviembre de 2012 a horas 5:30, protagonizó un hecho de tránsito, en la que, el Fiscal lo imputó por concurrir los riesgos procesales contenidos en los numerales 1, 2, 4, 5 y 10 del art. 234 y 2 del art. 235 del Código de Procedimiento Penal (CPP), llevada a cabo la audiencia de imposición de medidas cautelares, en la que, desvirtuó todos los riesgos procesales, con excepción del numeral 1 del art. 234, por lo que, el Ministerio Público, aplicando el principio de objetividad y probidad solicitó su detención preventiva; empero, ante la presentación de documentos idóneos, cambió su solicitud a detención domiciliaria, al cual se adhirió la parte civil sin oposición alguna. En tal sentido el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, emitió el Auto interlocutorio de 6 de noviembre de 2012, disponiendo la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistente en detención domiciliaria con custodia policial.