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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1997/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1997/2013

    Fecha: 04-Nov-2013

    I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

    Julio Miranda Martínez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, presentó informe oral en audiencia manifestando que, el accionante debería estar con detención preventiva y no con una medida sustitutiva, considerando que existen elementos suficientes referentes a la autoría del delito imputado.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 6
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“.
    • Fragmento 15
    • III.2. Sobre las lesiones al debido proceso en acciones de libertad
    • III.3.
    • III.4.Deber del Tribunal de alzada de circunscribir su resolución a los aspectos cuestionados mediante recurso de apelación
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • 1º  CONFIRMAR en parte

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