SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2059/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2059/2013

Fecha: 18-Nov-2013

sin embargo, existe controversia sobre las medidas de hecho asumidas y la inexistencia de posesión anterior a las mismas

         No existe certeza sobre las medidas de hecho asumidas por los demandados, más aún si se considera el reducido número de los supuestos avasalladores.  En ese sentido, se aclara que si bien no existe duda sobre la propiedad del terreno respecto al sindicato Agrario “Esquilan Grande”, pues la documentación que se adjuntó así lo acredita; sin embargo, existe controversia sobre las medidas de hecho asumidas y la inexistencia de posesión anterior a las mismas, requisito que, de conformidad a la jurisprudencia glosada en los Fundamentos Jurídicos III.2 y 3 del presente fallo son exigidos para la tutela al derecho a la propiedad por vías de hecho.

         En ese sentido, dicha controversia no puede ser resuelta por la justicia constitucional, pues, dada la naturaleza de esta acción de defensa, la misma debe ser tramitada de manera sumaria y otorgar tutela únicamente en los casos en que los hechos y el derecho alegado por las partes no se encuentren controvertidos, conforme a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.