SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2070/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2070/2013

Fecha: 18-Nov-2013

denegó

La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 17 de junio de 2013, cursante de fs. 54 a 56, denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: i) La accionante no indica porque la Resolución del Fiscal Departamental está insuficientemente motivada, es ilegal, incongruente, absurda, ilógica o cuáles son las reglas de interpretación de la norma o de valoración de la prueba inaplicadas; ii) El Fiscal explicó la razón que tuvo para el rechazo, la excepción establecida en el art. 17.1 del CPP y la norma jurídica prevista en el art. 26 del mencionado Código, faculta a las autoridades encargadas a disponer la conversión de la acción, en este caso, al Fiscal de Departamental; empero, no le obliga a aceptar la petición, dicho artículo previene la posibilidad de la conversión cuando se trata de un delito que requiera instancia de parte, salvo las excepciones previstas en el art. 17 del mismo Código, el cual prevé la acción penal a instancia de parte, estableciendo como excepción cuando el delito se hubiera cometido contra una menor de la pubertad, caso en el cual el fiscal ejercerá directamente la acción; y, iii) Según el certificado de nacimiento, la menor cumplió 14 años en diciembre de 2012, y ya estaba embarazada, posiblemente por la violación de la que fue víctima mucho antes de esa fecha, cuando tenía poco más de 13 años, considerándosela por ello menor de la pubertad, cuando posiblemente fue violada, aspectos que hacen improcedente la conversión de acción pública a privada, enmarcándose la actuación del fiscal dentro el marco legal.