SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2070/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2070/2013

Fecha: 18-Nov-2013

violación, abuso deshonesto, estupro,

El art. 19 del CPP, establece, que: 'Son delitos de acción pública a instancia de parte: abandono de familia, incumplimiento de deberes de asistencia, abandono de mujer embarazada, violación, abuso deshonesto, estupro, rapto impropio, rapto con mira matrimonial, corrupción de mayores, violencia y acoso político', dicha clasificación responde a la naturaleza de los delitos y a las víctimas o directamente ofendidos que sufren y la necesidad de protegerlos de manera efectiva considerando que se trata de sectores de la población que de alguna forma resultan ser vulnerables y que mediante la facultad de dar inicio a la acción penal -mediante la denuncia o querella- se activa la intervención del Ministerio Público como titular de la persecución penal y por ende el control jurisdiccional de la investigación, para finalmente concluir con la sanción del hecho punible.