SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2107/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2107/2013

Fecha: 21-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Sostienen que, Eleuterio Limachi Quispe y Rufina Chui de Limachi, hace más de treinta y cinco años poseen tres parcelas de terreno denominadas “INCA TUPO” (sic), donde tienen su vivienda, “PANTY CIRCA IRU PUTUNCO 25 A” Y “QUTA LACA CAYURANA” (sic) y que estando en pacífica posesión de estas parcelas, la familia Ochoa Chui acudió a las autoridades originarias alegando tener derecho propietario sobre sus terrenos rústicos.

Manifiestan que, las autoridades originarias de la comunidad, efectuaron una asamblea general para resolver el conflicto suscitado respecto a la propiedad de los predios, a la que sólo asistieron Joni Juan, Juana Carmen, Irene Filomena, Carmelo Juan, Clara Filomena y Felipe Ramiro todos Ochoa Chui, y en ausencia de los accionantes el 11 de noviembre de 2012, determinaron prohibirles el ingreso a su domicilio, a las parcelas de terreno en conflicto, expulsarlos definitivamente de la comunidad de Villa Tintuma y la depuración y exclusión definitiva de las listas, Resolución que fue firmada solamente por tres autoridades originarias de todas las que debían firmar.

Sostienen que, a título de estar expulsados de la mencionada comunidad, el 9 de marzo de 2013, las autoridades originarias de la actual gestión, junto a algunos comunarios, invadieron sus propiedades y procedieron a cosechar su cebada destinada al alimento de su ganado vacuno, perjudicando así su economía; por otra parte, denuncian que no les dejan asistir a las asambleas, hostigándolos a que deben abandonar la comunidad, al extremo de que no pueden comprar ni siquiera una garrafa de gas licuado, recibiendo amenazas de corte de energía eléctrica y agua potable.

Afirman que frente al avasallamiento perpetrado por la familia Ochoa Chui, interpusieron una demanda de interdicto de retener la posesión, ampliando la misma por una de interdicto de recobrar la posesión que se está sustanciando ante el Juzgado Agroambiental de Viacha, provincia Ingavi del departamento de La Paz contra la familia Ochoa Chui, quienes pretenden hacer valer la decisión de las autoridades originarias de 11 de noviembre de 2012.

Finalizan señalando que la referida Resolución, es lesiva a sus derechos constitucionales, además de haber sido pronunciada apartándose de lo prescrito en el art. 5.III de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ), actuando en completo desconocimiento de la Constitución Política del Estado (CPE) y las leyes vigentes en el país.