SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2107/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2107/2013

Fecha: 21-Nov-2013

II.1.

II.1.  El 11 de noviembre de 2012, la comunidad de Villa Tintuma, Marka Guaqui, Provincia Ingavi del departamento de La Paz, se reunieron en asamblea para resolver el conflicto suscitado entre los hermanos Ochoa Chui como propietarios de los terrenos ubicados en la comunidad contra los ahora accionantes, en la cual la asamblea ejerciendo funciones jurisdiccionales y de competencia a través de las autoridades originarias de dicha comunidad, amparados en los arts. 190 a 192 de la CPE y la Ley de Deslinde Jurisdiccional, determinaron las siguientes medidas: 1) La prohibición a los accionantes del ingreso a los terrenos de propiedad de los hermanos Ochoa Chui; 2) La expulsión definitiva de la comunidad del coaccionante Eleuterio Limachi Quispe, debiendo abandonar la comunidad en el término de 20 días a partir de la notificación con la presente resolución; 3) La cooperación de la policía nacional, juzgados agroambientales y otros para dar cumplimiento a las decisiones tomadas de conformidad a los arts. 192.I.II y III de la CPE, y 15 y 16 de la LDJ; y, 4) La depuración y exclusión definitiva de los accionantes de las listas de la comunidad, resolución que se halla firmada por tres autoridades originarias de la citada comunidad (fs. 70 a 71); asimismo, cursan fotocopias simples de firmas correspondientes a los comunarios (fs. 72 a 75).