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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2119/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2119/2013

    Fecha: 21-Nov-2013

    I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

    En audiencia, el abogado de la accionante ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliándola señaló que recién el 12 de julio de 2013 a horas 15:00, dieron una respuesta informando que pasaron la nota a Asesoría Legal de La Paz, esta contestación fue puesta en conocimiento de la accionante de forma posterior a la notificación de la acción de amparo constitucional.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1. Carácter informal del derecho de petición: exige respuesta aun de autoridad incompetente
    • III.2. Derecho a la petición: respuesta formal y motivada
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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